Solicitar un anticipo de nómina no solo es un derecho, ¡es un beneficio respaldado por el Estatuto de los Trabajadores! 📜💼 Según el artículo 29, los trabajadores tienen el derecho de recibir anticipos, pero con un matiz importante: ¡solo a cuenta del trabajo ya realizado!
Supongamos que has trabajado 25 días del mes. Puedes solicitar el anticipo correspondiente a esos días y la empresa tiene la obligación de entregártelo sin cobrar intereses por ello.
Este importe se reflejará en la nómina como un pago a cuenta y llegada la fecha de cobro, se te abonará únicamente la diferencia.
Ten en cuenta, sin embargo, que si consideras devolverlo en meses posteriores o necesitas un importe mayor al tiempo trabajado, se convertiría en un préstamo con implicaciones diferentes y, en ese caso sí, la decisión dependerá totalmente de la política laboral de la empresa.
🌟 Consulta con nosotros para obtener más información y asesoramiento. ¡Te ayudamos a conocer y defender tus derechos laborales!