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Solicitar un anticipo de nómina no solo es un derecho, ¡es un beneficio respaldado por el Estatuto de los Trabajadores! 📜💼 Según el artículo 29, los trabajadores tienen el derecho de recibir anticipos, pero con un matiz importante: ¡solo a cuenta del trabajo ya realizado!

Supongamos que has trabajado 25 días del mes. Puedes solicitar el anticipo correspondiente a esos días y la empresa tiene la obligación de entregártelo sin cobrar intereses por ello.

Este importe se reflejará en la nómina como un pago a cuenta y llegada la fecha de cobro, se te abonará únicamente la diferencia.

Ten en cuenta, sin embargo, que si consideras devolverlo en meses posteriores o necesitas un importe mayor al tiempo trabajado, se convertiría en un préstamo con implicaciones diferentes y, en ese caso sí, la decisión dependerá totalmente de la política laboral de la empresa.

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¿Te planteas cerrar la actividad como autónomo y tienes dudas respecto a tu futuro económico? ¡Te ayudamos con el proceso! 📋💼

En España, la prestación por cese de actividad, conocida como «paro de autónomos», ofrece respaldo económico a quienes cesan su actividad de forma involuntaria.

Como en la prestación por desempleo de trabajadores por cuenta ajena, para acceder a ella es necesario cumplir algunas condiciones:

  • Darte de baja en la Seguridad Social y registrarte como demandante de empleo.
  • Estar al día con tus cotizaciones sociales y otras obligaciones tributarias.
  • Haber estado de alta, como mínimo, 12 meses consecutivos.
  • Poder demostrar que el cese tiene fundamentos económicos, técnicos, organizativos o de producción.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación

📅 PLAZO: Deberás presentar la solicitud antes del último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad.

⌛ DURACIÓN: Variable en función del tiempo cotizado.

💰 CUANTÍA: Como norma general, cobrarás el 70 % de la base reguladora, calculada según el promedio de las bases cotizadas durante los 12 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad.

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